"... Como puede apreciarse la demanda contencioso administrativa se originó precisamente como consecuencia de los ajustes formulados en la referida resolución, al estimar la autoridad administrativa que la contribuyente omitió las facturas de las mil quinientas nueve declaraciones aduaneras relacionadas; siendo éste un hecho controvertido dentro del proceso contencioso administrativo; además, la resolución que la SAT denuncia que no fue apreciada, fue impugnada por medio del recurso de revocatoria que conoció el Directorio de la SAT, que dio origen al planteamiento del proceso de mérito; evidenciándose entonces que el Tribunal sentenciador para poder resolver el litigio, si la tomó en cuenta... es innegable que la Sala la apreció para establecer la inconsistencia de los ajustes formulados; caso contrario, no hubiera podido establecer la juridicidad y legalidad de la resolución objeto del proceso..."